¿Qué pasó con la ley de alquileres?
14 de octubre de 2023
Finalmente, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma de la ley de alquileres. Aquí desarrollaremos los principales puntos de la normativa.
128 votos contra 114. Ese fue el resultado que logró el oficialismo esta semana en una extensa sesión que tenía una orden del día cargada de temas importantes. El proyecto de reforma de la ley de alquileres era uno de los urgentes. Esta reforma incluye los cambios que se introdujeron en el Senado.
De esta manera, y según la ley que entrará en vigencia una vez emitido el decreto presidencial, los contratos entre propietarios e inquilinos continuarán siendo por tres años (tal como existe en la normativa vigente). Asimismo, su valor será “único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
Cabe destacar que la actualización vigente para aquellos contratos que se rigen por la ley, es anual y se mide a través del índice de locaciones urbanas del Banco Central.
En las reformas introducidas por el Senado y aprobadas por Diputados, el calculo a realizar para determinar la actualización será mediante índice casa propia y deberá realizarse “sobre un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".
El índice casa propia es el que también se utiliza -desde el 2021- para calcular la actualización de cuotas de créditos para viviendas, como el Procrear II. Se entiende que se trata de una formula que promueve mayor estabilidad puesto que ayuda a “morigerar el impacto de eventuales hitos en la evolución de los salarios que respondan a períodos puntuales”, destacan desde el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
En el artículo 9 del texto también se incorporó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo” como medida hacia los propietarios para que puedan aumentar la oferta de vivienda para alquilar.
Otro beneficio computado para quienes tienen propiedades en condiciones ser alquiladas, que quedarán exentas del pago de bienes personales. Tampoco se pagará impuesto al cheque en aquellas cuentas bancarias cuyo destino sea cobrar los contratos que estén “debidamente registrados” ante la Afip.
Sin dudas que se avanzó respecto de la normativa que hace muy poco tiempo se había aprobado en la Cámara Baja, entre gallos y medianoche, en una sesión exprés armada a la medida y con las demandas del lobby empresario. De esta manera, se logra mayor estabilidad y un marco que ampara y regula la condición de ambas partes del contrato. Un texto que ampara, se calcula, a un universo de 8 millones de personas aproximadamente a lo largo y ancho del país. Habrá que ver cómo se cumple y qué particularidades comienzan a aparecer en cada una de las provincias del territorio.
Las repercusiones no tardaron en llegar por parte del empresariado que, nuevamente, ve amenazados sus intereses. Desde el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, Marta Liotto, se expresó un “enérgico rechazo” a la nueva norma al tiempo que adelantó que “los contratos vigentes hay que cumplirlos, terminarlos”.
A la oposición de la ley, se suma la Cámara Inmobiliaria, desde donde se criticó fuertemente la normativa y se vaticinó que no se cumplirá. Iván Ginebra, presidente de la entidad, criticó duramente la ley recientemente aprobada, al tiempo que enumeró las tres consecuencias inmediatas que traerá: los precios van a continuar aumentando, se irá a un proceso de mayor dolarización de las propiedades en alquiler y habrá menor oferta de inmuebles.
“Seguramente el próximo presidente que asuma la va a terminar derogando, sea del partido que sea porque esta ley va a fracasar” agregó el empresario.
Por su parte, Gervasio Muñoz, presidente de la Federación de Inquilinos Nacional, señaló que se este resultado es fruto de la pelea que se dio desde las organizaciones contra el lobby del mercado inmobiliario. Sin embargo advirtió que es una normativa que "también va a ser resistida por el mercado".
Y agregó: “El mercado inmobiliario es una organización nacional, el mercado inmobiliario no quiere que haya ninguna ley más que la de ellos. No están acostumbrados que el Estado decida cómo se tiene que alquilar y no ellos, desde la dictadura que no se regulaban los estados. Ellos decidían y por supuesto que esto no les cae bien, no me preocupa eso, que si no les gusta pueden incumplir con la ley hasta que quieren”.
Asimismo, se espera que haya una reunión con el ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat para que se informe a las organizaciones cuál será el mecanismo que se utilizará para garantizar el cumplimiento de la ley, para evitar lo que ocurre hasta el momento con la ley vigente sancionada en 2020.
En síntesis, los principales puntos aprobados son los siguientes:
- Mantenimiento de contratos por tres años.
- Ajustes semestrales en lugar de anuales.
- Aplicación del índice Casa Propia, que considera el menor índice entre la variación salarial y la inflación del último año. Actualmente, se utiliza el Índice de Contratos de Locación (ICL) del Banco Central.
- Contratos en moneda nacional.
- Incentivos impositivos para propietarios que alquilen sus viviendas.
- No publicar avisos en dólares.