Infames traidores a la Patria
29 de noviembre de 2025
El gobierno nacional, desde que asumió, no ha hecho otra cosa que proponer las modificaciones que sean necesarias a modo de facilitar el camino a un modelo económico que beneficia, solo y principalmente al gran capital -sobre todo extranjero- mientras la enorme mayorÃa del Pueblo padece cada dÃa un poco más.
Nuestra Constitución Nacional plantea en su Art. 29: El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacÃas por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria
Desde el inicio de este gobierno se viola la Constitución Nacional y son el poder legislativo y el poder judicial los que avalan, encubren, propician y/o posibilitan la delegación de facultades para generar un modelo económico que beneficia principalmente al gran capital, sobre todo extranjero por ser el de mayor envergadura, con el “carry trade” para generarles rentas financieras en esta primera etapa, pero con el fin de transformar las bases materiales en un proceso de primarización del paÃs. La minerÃa (cobre, oro, litio, uranio, tierras raras, etc.), el crecimiento de la producción energética en la Patagonia, el poder de los agronegocios en la región centro, los proyectos de energÃas renovables y la digitalización acelerada.
En la ley 27.742 mal llamada de “Bases y punto de partida…”, que fue realizada por grandes estudios jurÃdicos, contables e impositivos: Lisicki & Litvin; Bruchou & Funes de Rioja; Marval, O Farell &Mairal; KPMG; Price Waterhouse Coopers; Deloitte Argentina, que son a su vez los estudios que certifican y auditan los balances de las grandes empresas del paÃs y liquidan sus impuestos, permite que las empresas que se acojan al RIGI (Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones) opten por la jurisdicción extranjera, sustrayéndolos de la justicia nacional. Se le confiere estabilidad fiscal por 30 años, a partir del quinto año podrán disponer libremente de todas las divisas que generen, sin obligación alguna de ingresarlas al paÃs. Sin el pago de retenciones o derechos de exportación desde el tercer año de iniciado el proyecto, y sin obligación de abastecer al mercado interno.
La libre disponibilidad de divisas provenientes de recursos naturales no renovables, es un acto criminal de administración fraudulenta. Dado que supone un vaciamiento del paÃs, de su patrimonio minero y de hidrocarburos, sin obtener nada a cambio. Los paÃses que gozan de un alto bienestar, son los que han logrado acumular Fondos Soberanos de Inversión, para compensar esas extracciones de recursos no renovables, con una capitalización de ellos destinados a las próximas generaciones, como hace Noruega y los demás paÃses escandinavos, por ejemplo.
Noruega, considerado el paÃs más igualitario y con mayor calidad de vida del mundo, detenta un Fondo Soberano creado en 1990, en base a las exportaciones de petróleo y gas, con un activo de 1,62 billones de dólares que emplea en el desarrollo del paÃs, en su educación y formación, en salud, y en desarrollo económico y social.
En la ley 27.742 se privatizan las empresas ENARSA, NUCLEOELECTRICA ARG., YCRT, AYSA, BELGRANO CARGA, SOFSE, CORREDORES VIALES, y asà fue refrendado en la Ampliación del Acuerdo con el FMI, firmado por Luis Caputo y Santiago Bausili el 11 de abril de 2025, como máximas autoridades de economÃa del paÃs.
La ley 27.742 implica también modificaciones a la ley de contrato de trabajo para precarizar las condiciones de empleo que es cada vez más inestable, como define la economista Ana Rameri de la CTA Autónoma, que convierte a los trabajadores en “recolectores de ingresos” para la subsistencia.
Obviamente para imponer el modelo a la población necesitan reprimir como hacen sistemáticamente todos los miércoles en la marcha de los jubilados y contar con normas jurÃdicas acordes, para ello el Congreso de la Nación aprobó leyes que modifican el Código Penal y el Código Procesal Penal sobre la reiterancia[1], la reincidencia, el concurso de delitos y la unificación de penas. La denominada “Ley Antimafia” que fue presentado por el Ejecutivo como una norma análoga a la Ley RICO, de los Estados Unidos. La norma aprobada penaliza la pertenencia a una organización dedicada a cometer determinados delitos y establece que la pena por el delito más grave que le corresponde a quien cometió un hecho se va a aplicar a todos los miembros de la organización. Y la llamada ley de juicio en ausencia, una herramienta pensada para juzgar o dar continuidad al proceso cuando el acusado se encuentra prófugo o no se puede dar con su paradero.
Presupuesto nacional
El presupuesto es el plan anual de un gobierno. Y la actual administración ha adoptado como quiere la ley 27.701 que es la norma del año 2023, a través de sendos decretos para el año 2024 y 2025 para hacerlo vigente en esos años, sin control de ningún tipo, incumpliendo con su plan trienal de inversiones, y sin respetar la ley 24.156 de administración financiera, para realizar un sideral recorte del gasto público (incluida la disminución de impuestos a los sectores más ricos de la sociedad), sin otro fin que el de reducir las erogaciones para tener saldos financieros para pagar los intereses de la deuda (deuda que a su vez aumenta por no cobrar impuestos) .
Deuda que es de tal magnitud que no puede cancelar la totalidad de los intereses que la misma devenga, y deben capitalizar los réditos, y eso a su vez hace acrecentar la deuda pública.
Al 31 de octubre 2025 el total de la deuda bruta de la Administración Nacional es de 442.196 millones de dólares. Dentro de ella, en pesos (son tÃtulos en pesos que para contabilizarlo la SecretarÃa de Finanzas convierte en dólares) asciende a 148.139 millones de dólares. Y dentro de esa deuda en pesos están capitalizado intereses desde enero 2024 a octubre 2025 (22 meses) en un BONCAP (Bono de Capitalización) por 41.757 millones de dólares
Si no capitalizaran intereses (con la anuencia de los acreedores que saben que van a convertir esa deuda impagable en patrimonio nacional), la actual administración no podrÃa pagar las jubilaciones y pensiones, los haberes a los empleados públicos, a las fuerzas armadas y de seguridad, y prestarÃan peor servicio público del que prestan. Por ende, si los acreedores quieren cobrar todos los intereses (y no aceptan su capitalización), colapsa el Estado nacional.
En el Congreso de la Nación se está discutiendo el proyecto de presupuesto de la Administración Nacional 2026 que remitió el Poder Ejecutivo nacional. En su ArtÃculo 1ro afirma que “al cierre del Ejercicio Fiscal deberá presentar una ejecución con resultado financiero equilibrado o superavitario, priorizando el cumplimiento de los compromisos de la deuda pública como norma imperante a partir de la cual se subordinan recursos y gastos y a libre ejecución del Poder Ejecutivo”.
Es más, junto al Mensaje 104/25 de Proyecto de Ley de Presupuesto 2026, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la Nación el Mensaje 29 de proyecto de Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria con el mismo objetivo de darle facultades legislativas al gobierno, para que pueda priorizar el pago de los servicios de la deuda, por encima de todos los demás gastos y obligaciones del Estado.
En dicho Mensaje 104/25 de Presupuesto 2026 del gobierno nacional propone:
- Modificar la ley de Administración Financiera para hacer un nuevo canje de deuda y no cumplir con la exigencia de al menos dos de los tres indicadores: Reducción de capital, extensión de plazos y/o baja de tasas de interés. (El Plan Canje de deuda que propone el JP Morgan, que por ahora postergan, pero necesitan la norma y anular el ArtÃculo 65 de la ley 24.156 de Administración Financier.
- Modificar la ley de Educación que obliga a destinar del total del gasto público consolidado (Nación, provincias y municipios) el 6% del PIB para su financiamiento.
- Derogar los artÃculos 1°, 3° y 4° de la Ley N° 27.160, por lo que elimina la movilidad automática para la Asignación Universal por Hijo (AUH) y otras asignaciones familiares, otorgando asà al Poder Ejecutivo la facultad de ajustar las prestaciones de forma discrecional en lugar de hacerlo automáticamente por IPC del INDEC.
Ingresos fiscales
Del punto de vista de los ingresos al fisco se redujeron por la polÃtica expresa de este gobierno que, por el Decreto 353/25, publicado en el B.O. del 23 de mayo 2025, con el fin (pretexto) de simplificar y desregular los trámites relacionados con la inversión y adquisición de bienes, y un régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, permite que no informen más al ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero):
- Las administradoras de tarjetas de crédito no le informan sobre las compras que hace una persona usando ese medio de pago.
- Cesa el llamado “Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes”, los escribanos debÃan reportar mensualmente determinadas operaciones notariales.
- Los concesionarios de autos usados no deberán reportar ninguna operación que superaban cierta suma de dinero.
- Las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas que superaban cierta suma de dinero.
- Los prestadores de servicios públicos y telefonÃa, no deberán reportar sobre los consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonÃa.
- Las entidades financieras no solicitarán las Declaraciones Juradas de impuestos nacionales.
Todas medidas que promueven la ya de por sà elevada evasión y elusión de impuestos, que el mismo titular de ARCA, Juan Pazo justificó que la prioridad de su gestión es "cambiar el enfoque tributario en la Argentina para dejar de tener una matriz persecutoria". En ese sentido, admitió que la evasión tributaria por IVA en el 2024 fue mayor al 37% ("un nivel de evasión similar a la postcrisis del 2001") y que se registra un 40% de informalidad en el mercado laboral.
Este gobierno llevó adelante un blanqueo de capitales, modificó la ley penal tributaria, se redujeron los Impuestos Internos a los autos de gama media y alta (alcanza solo a autos y excluye a los que pueden ser considerados como bienes de capital, las camionetas 4x4 que no pagan como asà también los camiones y las maquinarias).
Redujo la alÃcuota al 0,45% anual en el Impuesto a los Bienes Personales para los que le anticiparon el año 2024 la recaudación de 5 – cinco- periodos fiscales.
En aranceles a la importación se redujo alÃcuotas para 89 productos como el caso de neumáticos y pequeños electrodomésticos -del 35% al 20%. En este caso, se trata de productos al que el gobierno anterior le habÃa subido la tarifa de importación, por un acuerdo del Mercosur, y por ello, lo que se hizo volverla al nivel fijado por el nomenclador común.
Amplió el lÃmite de compras al exterior de 1.000 a 3.000 dólares y se exceptuó del pago de aranceles a la importación a compras de hasta 400 dólares (solo se abona el IVA). Esto último es la franquicia habitual para los que viajan al exterior.
Eliminó para el corriente año 2025 el Impuesto PAIS que es a la compra de dólares billetes, y que significó en el año 2024 una recaudación de 1,6% del PIB (equivalente a unos 8.000 millones de dólares).
Primero, por el Decreto 38/2025 redujo por seis meses las retenciones del poroto de soja de 33 a 26%, aceite y pellets de soja de 31 a 24,5%. Trigo y maÃz de 13 a 9,5%, y fijo en 0% la alÃcuota para las economÃas regionales. Pero en septiembre 2025 y con un cupo de hasta 7.000 millones de dólares, eliminó las retenciones a los granos y derivados, cediéndole a los grandes acopiadores y comercializadores no pagar el gravamen por el equivalente a unos 1.500 millones de dólares
Derechos de exportación que por Decreto 682 del 22 de septiembre de 2025 fue 0% para las exportaciones de carnes, y que recién restableció al 5% desde el 1 de noviembre 2025.
Toda esa reducción de ingreso tributario debió ser compensada con mayor deuda pública, que crece sin cesar.
El largo y sinuoso camino de la deuda
En deuda en divisas, la actual administración debe a colocar nuevos tÃtulos para financiar los vencimientos hasta el 31/01/2026 que ascienden a 8.100 millones de dólares. De los cuales 3.800 millones corresponden a los bonos Globales y Bonares en divisas; 1.200 millones de dólares de los Bopreal (Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre, instrumentos emitidos por el BCRA para permitir a los importadores cancelar sus deudas en dólares con proveedores); y 3.100 millones de dólares a organismos multilaterales (incluido el pago de vencimientos al FMI)
A su vez, el total de la deuda (capital e intereses) que vence en divisas en el año 2026 es por 19.400 millones de dólares, y en el año 2027 por 14.800 millones de dólares, suman para los dos años: 34.200 millones de dólares.
Y la deuda en pesos en el mercado local, los vencimientos son de 85 billones de pesos (es en pesos, pero equivalente a 56.700 millones de dólares) desde el 26 de noviembre 2025 hasta el 31 de enero de 2026.
En pesos, los bancos, demás entidades financieras, los agentes bursátiles, las compañÃas de seguros, y otros, que trataban antes del 26 de octubre 2025 de salir de tÃtulos de deuda en moneda nacional, ahora apuestan a que el gobierno realizando una irracional reducción del gasto, va a generar los fondos para pagar parte de los intereses y van a seguir capitalizando el resto como hicieron, en forma desigual y desordenada, hasta ahora.
La primera licitación del ex JP Morgan (como toda la plana mayor de economÃa y del BCRA) Alejandro Lew, nuevo secretario de Finanzas, fue el miércoles 26 de noviembre y vencÃan tÃtulos por 14 billones de pesos. Lograron colocar bonos en pesos por 13,99 billones, con un nivel de renovación del 96,48% respecto de los vencimientos, a una tasa promedio del 35% anual (2,5% mensual).
De esa renovación, 8,76 billones de pesos (el 62,6%) se colocó en letras y bonos capitalizables (Lecap y Boncap), inclusive en un plazo hasta el 30 de abril 2027, por ende, confÃan que el precio del dólar va a crecer a una tasa menor (carry trade).
Y en dólar linked (devaluación de dólar oficial) solo se colocaron 0,45 billones de pesos (3,2% del total) y a un plazo corto (30 de abril 2026), cuando antes de las elecciones del 26 de octubre era mayoritariamente demandado.
El capital financiero (local e internacional) están confiados en el modelo y apuestan a seguir ganando la diferencial de tasas (carry trade) que paga el Estado argentino, y que reconoce y legitima deuda en las licitaciones.
Lo que no puede es colocar tÃtulos de deuda en el mercado internacional y depende de sobre manera de los grandes bancos estadounidenses, encabezados por el JP Morgan, que juega como “el gato con el misero ratón” con nuestras finanzas públicas, máxime que son sus empleados los principales operadores.
Y la mayorÃa de los diputados y senadores han avalado y avalan esta polÃtica de sumisión y renta, mientras los que trabajaron toda su vida deben optar entre comer o medicarse. Con niveles de pobreza y exclusión social alarmantes, con cierre de fábricas y de establecimientos de todo tipo, y con el remate vil de las empresas estatales y del patrimonio energético, minero, etc.
En sÃntesis
El gobierno está financieramente quebrado, las reservas internacionales del BCRA son negativas por 16.000 millones de dólares como lo acaba de reconocer el FMI, depende de los acreedores y estos saben que van a seguir ganando plata con el carry trade hasta donde puedan. Luego vendrá la devaluación y la imposibilidad de pagar deuda en divisas recaudando pesos.
Y a cambio de ello se quedarán con nuestros recursos naturales y nuestras principales empresas.
Los legisladores que han aprobado esta infamia no solo no son escrachados públicamente, sino que se los encubre para que sigan obrando en contra de la Patria.
[1] La reiterancia implica que una persona tenga al mismo tiempo 2 o más imputaciones penales en distintos procesos, aunque no existan condenas ni procesamientos. La nueva ley dispone que esto sea considerado una causal para aplicar la prisión preventiva.


